ARBA intimó a 285 frigoríficos y matarifes por incumplimiento impositivo

La Plata, abr 10 (DIB).- La
Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) cursó
intimaciones a 285 frigoríficos, matarifes y mayoristas del comercio de la
carne para que cumplan con su obligación de inscribirse como agentes de
percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

A
partir de los cambios fiscales introducidos en la cadena, cada vez que
frigoríficos, matarifes y otros intermediarios efectúan ventas a mayoristas y minoristas
tienen la obligación de realizar percepciones en nombre del fisco provincial,
que sirven como pago a cuenta de Ingresos Brutos. Esa responsabilidad que ARBA
exige a las empresas contribuye a mejorar el cumplimiento tributario del
comercio minorista de carne.

Al respecto,
el director de la Agencia de Recaudación, Gastón Fossati, afirmó que “las
empresas que incumplan esta responsabilidad serán inscriptas de oficio y
deberán enfrentar multas de hasta $60 mil por la infracción”. Asimismo, subrayó
que “esta medida profundiza una serie de acciones que pusimos en marcha el año
pasado, en forma coordinada con AFIP, para regularizar el conjunto de la cadena
cárnica que registraba un alto índice de evasión”.

Fossati puntualizó
que “trabajamos en equipo con la AFIP y el Ministerio de Agroindustria de la
Nación y logramos avances concretos para darle transparencia y equidad al
funcionamiento de todo el sector, mediante mecanismos de control que le otorgan
trazabilidad a las operaciones de cada eslabón de la cadena de la carne, lo
cual comprende a productores, consignatarios, industria, comercios mayoristas y
minoristas”.

Entre
otras herramientas de control, el trabajo en equipo de la gestión nacional y
provincial incluyó: la implementación del registro de operadores de la cadena
de producción y comercialización de haciendas, que abarca a la carne bovina y
bubalina; los pagos a cuenta de IVA e Ingresos Brutos como condición previa
para la faena; la generalización del régimen de percepción del tributo sobre
los Ingresos Brutos que se aplica para la comercialización de carnes rojas,
anteriormente mencionado; y el cruce de datos electrónicos entre los distintos
organismos que intervienen en el proceso de fiscalización.

Respecto
del régimen de percepción en Ingresos Brutos, además de los frigoríficos y
matarifes, la obligación de actuar como agentes alcanza a comisionistas,
abastecedores, consignatarios y demás intermediarios que comercializan carne en
el mercado interno, más allá de que vendan a mayoristas o minoristas.

La
alícuota que estas empresas deben percibir al comprador es del 1,75% sobre el valor
de venta, siempre y cuando el contribuyente que adquiere la carne se encuentre
inscripto en Ingresos Brutos. En caso de que no lo esté, ese proporcional sube
al 8%, en tanto que quienes aparecen registrados con alícuota cero en el padrón
de contribuyentes que elabora mensualmente ARBA no son sujetos pasibles de
percepción.

Según
se informó en un comunicado, el conjunto de cambios introducidos en el sector
permitió que ahora se cuente con registros detallados de cada operación y toda
la carne proveniente de los animales faenados deba ser declarada formalmente,
ya sea como venta en el mercado interno, exportación o bien incorporándola a la
variación de stock. Además, la totalidad de vendedores en la cadena interna
tienen obligación de percibir a sus clientes los pagos tributarios a cuenta.

Finalmente,
en lo relacionado a la venta minorista, todos los comercios deben estar
inscriptos como contribuyentes y abonar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos
con una alícuota de 2,5%, computándose a favor de las carnicerías las
percepciones que hubiesen tenido en sus compras. (DIB) FD