Inmobiliario: Arba anunció exenciones para jubilados y casas con baja valuación

La Plata, feb 7 (DIB).- La Agencia de Recaudación de la
provincia de Buenos Aires (ARBA) puso en vigencia las exenciones en el Impuesto
Inmobiliario Urbano para jubilados, pensionados y casas con baja valuación
fiscal.

El organismo informó hoy que dispuso los requisitos para
acceder al beneficio tributario, e implementó los montos máximos necesarios de
las propiedades para poder hacer el trámite.

El director ejecutivo de ARBA, Gastón Fossati, explicó que
“adaptamos los montos máximos que tomará la Agencia para otorgar las exenciones
según la Ley Impositiva, sobre todo para los sectores de la población más
vulnerables como los jubilados, pensionados y propietarios de casas de menor
valor”.

De acuerdo a las normativas vigentes, los jubilados y
pensionados propietarios de una única vivienda, perteneciente a la planta
urbana edificada, podrán tramitar la exención del Impuesto Inmobiliario en los
casos en que la valuación fiscal del inmueble no supere los 5 millones de
pesos. El único ingreso de los beneficiarios deben ser haberes previsionales
cuyos importes brutos en conjunto no superen mensualmente los 17 mil pesos.

En aquellos casos que con anterioridad al ejercicio fiscal
2018 hubieran obtenido la exención y ahora la valuación de su inmueble supere
los 5 millones de pesos pero conserven la misma propiedad y cumplan las demás
condiciones requeridas, seguirán teniendo el beneficio impositivo.

El trámite comienza vía web desde la página de la
Agencia,  www.arba.gob.ar, con la clave
CIT, donde se obtendrá la “Constancia de Inicio de trámite” para luego
concurrir al PUNTO ARBA más cercano a su domicilio con la documentación
requerida y finalizar la gestión.

Cabe destacar que para los casos de jubilados y pensionados
cuya propiedad no supere los 100 mil pesos de valuación fiscal, solo tendrán
que realizar la gestión web sin tener que continuar la gestión de manera
presencial.

Por su parte, aquellos contribuyentes cuya valuación fiscal
de su inmueble no supere en el 2018 los 400 mil pesos, también podrán acceder
al beneficio de la exención, tramitando desde la página web de ARBA, con clave
CIT y finalizando la gestión de manera presencial en el PUNTO ARBA más próximo
con la entrega de la documentación respaldatoria. (DIB) JG