La Plata, ene 26 (DIB).- La gobernadora María Eugenia Vidal promulgó hoy la ley que propicia garantizar condiciones de accesibilidad a personas en silla de ruedas y con movilidad reducida en hoteles, hospedajes, albergues o alojamientos turísticos.
La ley, que fue aprobada en la Legislatura el 27 de
diciembre pasado, dispone en su artículo 1 que los establecimientos mencionados
deberán contar con un número de plazas adaptadas para personas con movilidad
reducida en una proporción no inferior a una cada veinte habitaciones. En
tanto, en su artículo 2° se prevé que los establecimientos que cuenten con
estacionamiento de vehículos, deberán reservar y señalizar espacios para
personas con movilidad reducida en proporción no inferior a uno cada diez lugares.
El artículo 6, vetado por la gobernadora, establecía que “la
reglamentación podrá establecer promociones impositivas parciales para quienes
superen los cupos previstos en los artículos 1 y 2 de la presente ley”.
Al respecto, el decreto firmado por Vidal detalla que el
Ministerio de Economía, ha manifestado que dicho artículo estaría facultando a
la autoridad de aplicación a conceder promociones impositivas, “violando el
principio de reserva de ley en materia tributaria contemplado en la
Constitución Nacional y en la Constitución local”.
El resto de la norma que fue promulgada, también establece
que el incumplimiento de la ley por parte de los hoteleros “se sancionará de
conformidad con lo establecido por las prescripciones del Decreto-Ley 8031 y
sus modificatorias, correspondiendo aplicar multa de uno a veinte sueldos mínimos
de la Ley Nº 10.430 y modificatorias”.
En tanto, la reiteración del incumplimiento “podrá implicar
la clausura hasta el máximo de tiempo necesario para la adecuación a las
respectivas prescripciones legales”.
Para que los complejos hoteleros realicen las adecuaciones
edilicias conforme a lo dispuesto en la promulgada ley, tienen un plazo de 180
días. (DIB) MCH