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a los clubes seguir pagando sobre la base de las tarifas que regían a fines de
2015.
“Si se considera que el nuevo cuadro tarifario ocasiona
algún perjuicio, deberá ser impugnado en otro proceso”, sostuvieron en
aquella oportunidad los camaristas, aunque recomendaron analizar cada caso para
evaluar la aplicación de una tarifa diferenciada, y el pago en cuatro cuotas de
la deuda acumulada.
Los clubes apelaron la decisión argumentando que “se
encontraba en juego la inteligencia e interpretación de actos estatales de
rango federal”, o sea las resoluciones del Ministerio de Energía que
establecieron el tarifazo.
La empresa Edenor y el propio Estado Nacional defendieron el
fallo que avaló el tarifazo, y el tribunal consideró ahora, por mayoría, que
“no se encuentra configurada una cuestión federal, toda vez que lo
resuelto no guarda relación directa e inmediata con las normas de esa
naturaleza que se invocan como desconocidas”. (DIB) FD